¿Le conviene a Panamá ingresar a la OCDE?

¿Le conviene a Panamá ingresar a la OCDE?




Actualmente, 36 países engrosan la lista de miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). En 1960, 20 países fundaron la OCDE, entre ellos, Estados Unidos (EU). Desde entonces, 16 países más se han incorporado a la organización, incluyendo a Chile y a México. Próximamente Colombia como miembro 37 y luego Costa Rica.

Colombia, antes de ser invitada para hacerse miembro, fue objeto de revisiones exhaustivas por parte de 23 comités de este organismo e introdujo reformas importantes para alinear su legislación, políticas y prácticas con los estándares de la OCDE, incluyendo cuestiones laborales, la reforma de su sistema de justicia, el gobierno corporativo de las empresas estatales, medidas de lucha contra el soborno, el comercio y las nuevas políticas nacionales sobre políticas de productos químicos industriales y gestión de residuos.

Panamá, obviamente, tendría que someterse a las mismas revisiones si desea entrar en la OCDE.

¿Le resultaría inconveniente a Panamá el ingreso a la OCDE o, por el contrario, sería beneficioso para su desarrollo y para robustecer su reputación? Este es un tema sobre el que habrá que pensar en profundidad, sin apasionamientos y anteponiendo los intereses del país.

Algunas de las preguntas que debemos hacernos son: si profundizamos en los estándares de la OCDE, más allá de lo tributario, intercambio de información y prevención de delitos financieros: ¿ahuyentaríamos o atraeríamos inversiones?, ¿fortaleceríamos o debilitaríamos las instituciones del país para el largo plazo, es decir, por más de un período presidencial?, ¿aumentaríamos nuestra competitividad?, ¿mejoraríamos nuestra reputación?

Ingresar a la OCDE ¿sería ceder la soberanía del país, ceder su autonomía? Preguntarnos, los 36 países que ya son miembros, y próximamente Colombia y Costa Rica, ¿cedieron su soberanía o tomaron la decisión soberana de ingresar porque lo consideraron conveniente para sus intereses nacionales en el largo plazo? A la próxima administración le corresponderá dilucidar las respuestas a estas preguntas espinosas.

Por lo pronto, en la plaza financiera, pensar en desandar lo andado en materia de transparencia, intercambio automático de información y prevención del blanqueo de capitales, resultaría perfecto, si lo que buscamos es enterrar la reputación del país, perder corresponsalías bancarias, fuga de capitales extranjeros y el cierre de las casas de valores que ofrecen a sus clientes, desde Panamá, instrumentos financieros extranjeros.

Retirarse del cumplimiento con Fatca (Foreign Account Tax Compliance Act), con el Common Reporting Standard (CRS) y el proyecto BEPS referido a la erosión de la base imponible y traslado de beneficios, ¿para qué?, ¿qué sentido práctico tendría?, ¿somos autosuficientes? Retirarse de Fatca implicaría, en el mejor de los casos, para los clientes de casas de valores y para las instituciones financieras panameñas, 30% de retención sobre todos los intereses pagados por bonos estadounidenses (hoy exentos porque cumplimos con Fatca) y sobre los dividendos. Recordemos que el mercado de capitales de Estados Unidos es el más grande y profundo del mundo. ¿Qué cliente extranjero va a querer ser atendido por una casa de valores panameña si desde Panamá no tiene la opción de acceder a mercados internacionales? El corresponsal extranjero le cerraría la cuenta de custodia a la casa de valores, inmediatamente, porque ya no cumpliría con Fatca.

También se perderían las relaciones de Qualified Intermediary con el IRS o servicio de rentas internas de Estados Unidos.

Es cierto que Fatca es asimétrico pero, a pesar de ello, todas las plazas financieras del mundo cumplen con esta normativa, porque el mercado de capitales de EU. es el que más productos ofrece a los inversionistas.

La institución financiera que quiera participar en ese mercado debe cumplir con las reglas internas de ese mercado y Fatca es parte de las reglas.

En lo que se refiere a la venta de sociedades, fundaciones, etc.; ese negocio disminuyó porque el mundo cambió. Hay que aceptarlo y redimensionarlo para continuar compitiendo. No es un tema que ataña a Panamá únicamente, pero sí le corresponde al país mejorar su reputación para competir en ese mercado de venta de entidades. En ese contexto, la ley de sociedades necesita ser revisada para adecuarla a los nuevos tiempos en aras de la competitividad del producto a nivel global.

Tan importante como hacernos estas preguntas, como país enmarcado en una realidad global, es pensar también en las reformas que deberíamos llevar a cabo internamente en el ámbito tributario. La reforma al impuesto sobre la renta debería ser de los primeros puntos en la agenda. El CAIR, la renta estimada y el impuesto complementario, no atienden a la capacidad económica del contribuyente y además complican el cumplimiento tributario. El impuesto de aviso de operación es un impuesto al patrimonio, a la fuente de la riqueza, un disparo en el pie. Recordemos que la tributación debe ser simple y debe atender a la capacidad económica del contribuyente.