Cómo documentar operaciones con partes relacionadas y afectadas por la pandemia, según la OCDE

Cómo documentar operaciones con partes relacionadas y afectadas por la pandemia, según la OCDE




La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) da recomendaciones claras sobre cómo documentar operaciones con partes relacionadas, es decir, entre entidades que formen parte del mismo grupo empresarial, y que hayan sido afectadas, de una u otra manera, por la crisis que ha generado la pandemia del Covid-19.


El año 2020 ha estado inmerso en una profunda crisis económica originada por el desarrollo de la pandemia del Covid-19. La misma ha afectado a casi todas las industrias y empresas multinacionales de una u otra manera.

Los grupos multinacionales no escapan a esta realidad, y las operaciones pactadas entre sus partes relacionadas; es decir, compañías pertenecientes al mismo grupo empresarial, tampoco. Ante esta realidad, el pasado 18 de diciembre la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) publicó las Guías en materia de precios de transferencia considerando los efectos del Covid-19 (las Guías), la cual contiene un conjunto de recomendaciones a ser consideradas al momento de documentar las operaciones intercompañía llevadas a cabo entre relacionadas y que hayan sido afectadas por la crisis que ha generado la pandemia.

Es importante mencionar que las Guías son únicamente una sugerencia al momento de documentar las operaciones celebradas entre las compañías de un grupo multinacional; no son consideradas como parte de la legislación panameña, por lo que la normativa local tiene preponderancia sobre cualquier recomendación realizada por la OCDE, pero brindan un marco de referencia tanto a los contribuyentes como a la administración tributaria, respecto del tratamiento en materia de precios de transferencia que se debería adoptar ante un evento sin precedentes en nuestra historia moderna.

Los cuatros capítulos en los que se dividen las Guías -de manera resumida- son los siguientes:

Análisis de comparabilidad:

Se sugiere tanto a los contribuyentes como a las autoridades tributarias tener en cuenta la posible realización de ajustes de comparabilidad extras. Las siguientes fuentes de información pueden sustentar la realización de los mencionados ajustes, entre otras:• Análisis de variación en volúmenes de ventas.• Análisis de cambios en la capacidad instalada.• Información relacionada con el incremento excepcional de costos debido al Covid-19.• Información financiera interina de las comparables.• Comparación del presupuesto versus los resultados actuales.• Análisis de los cambios en la rentabilidad de las comparables observados en períodos de recesión previos.

La idea es que a través de la aplicación de cada uno de estos análisis se pueden identificar los efectos del Covid-19 en las operaciones entre partes relacionadas, y simular cómo hubiesen sido los resultados sin el impacto de la pandemia.

‘Alocación’ de pérdidas y de gastos asociados al Covid-19:

Durante la pandemia, algunos grupos multinacionales han incurrido en pérdidas debido a caídas en la demanda de sus productos y servicios, o por tener que asumir gastos extraordinarios como consecuencia de la situación actual, entre otros. No obstante, la ‘alocación’ de pérdidas puede dar lugar a cuestionamientos por parte de las autoridades tributarias, por lo que se requiere determinar la frecuencia y magnitud de ésta, así como los riesgos que asumen las entidades que se hayan visto afectadas por la pandemia, teniendo siempre en cuenta lo que terceros hubiesen considerado bajo situaciones similares.

Con respecto a los gastos extraordinarios asociados directamente a la pandemia, las guías indican que éstos pueden ser trasladados entre partes relacionadas, en tanto correspondan con las funciones que desempeñan, los activos que utilizan y los riesgos que asumen. Lo anteriormente mencionado con la finalidad de que en caso de que hubiese pérdidas asociadas a los gastos extraordinarios incurridos como consecuencias de la pandemia, las mismas puedan ser sustentadas ante una autoridad.

Programas de asistencia gubernamental por Covid-19:

Gobiernos alrededor del mundo han aprobado subsidios a diferentes empresas en variadas industrias con la finalidad de preservar empleos y la continuidad de la compañía. Sin embargo, al momento de documentar las operaciones con partes relacionadas, es necesario revisar las medidas que se aplicaron, y de qué manera influenciaron las mismas en una transacción intercompañía, esto es, si tuvieron un impacto material en las operaciones, y si influyen en el análisis funcional de la transacción.

Dentro de las medidas de asistencia que se pueden recibir se encuentran garantías de préstamos, financiamiento en condiciones preferenciales, reducción de impuestos, entre otras. Es importante identificar las medidas de asistencia recibidas ya que al aceptar las mismas, por ejemplo, se pueden disminuir gastos financieros o fiscales y presentar ventajas al momento de compararse con entidades terceras que no recibieron estos apoyos.

Acuerdos de Precios Anticipados (APAs):

El Covid-19 ha provocado cambios en las condiciones económicas que, indiscutiblemente, no pudieron ser anticipadas cuando se elaboraron APAs que alcanzan a sustentar operaciones durante el 2020. Por lo tanto, es imprescindible determinar en qué medida los efectos de la pandemia han impactado las transacciones intercompañía sustentadas por un APA (cabe mencionar que, Panamá no establece en su legislación de precios de transferencia la consideración de APAs).

Es importante tener presente que cada entidad y operación tienen sus características intrínsecas que deben ser analizadas de forma particular, ya que cada caso tendrá sus propias variables y consideraciones, dependiendo de la profundidad del impacto de la crisis que el Covid-19 haya generado.

Por último, es recomendable que, la autoridad tributaria panameña considere la situación actual, ya que, indudablemente, se está atravesando una crisis económica que continúa acarreando consecuencias en diferentes sectores e industrias, y cuyos efectos aún continuaremos padeciendo al menos en el corto plazo. También, es importante que la autoridad tributaria local evalúe cada caso de forma individual, ya que debido a las características de la crisis actual, las afectaciones en cada industria o sector son diferentes, y resulta conveniente una revisión individual con la finalidad de no perjudicar ni dejar brechas que permitan el favorecimiento fiscal de los contribuyentes.

Imagen de Gerd Altmann en Pixabay

Arcoiris Bogarín Maldonado

Senior de Impuestos y Precios de Transferencia de Ernst & Young Panama, S.A.
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