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11 de mayo de 2004

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Necesidad de control

Los reguladores internacionales han puesto énfasis en la calidad del control interno sobre la información financiera

Luis Venegas
Especial para Martes Financiero

El año 2004 será trascendental para el mercado de valores internacional. A finales del primer semestre de este año, se activará, por primera vez, para las grandes compañías inscritas ante la Comisión de Valores e Intercambios de Estados Unidos (SEC, por sus siglas en inglés) la obligación de reportar sobre la efectividad de sus sistemas de control interno sobre la información financiera. El resto de las compañías inscritas tendrán que hacerlo a partir del 2005. Para las no inscritas obviamente no hay requerimiento alguno específico.

Tal obligación está enmarcada en la sección 404 de la Ley Sarbanes-Oxley, aprobada por el Congreso de Estados Unidos el 30 de julio de 2002, la cual también requiere que los auditores independientes validen los criterios relativos al control interno sobre la información financiera expresados por las compañías públicas que sean sus clientes y emitan dictámenes al respecto.

Estos requisitos forman parte de una serie de medidas adoptadas por los reguladores para fortalecer la transparencia de la información financiera de las compañías públicas y rescatar la confianza en el alicaído mercado de valores, después de la sucesión de colapsos y escándalos financieros que han estado saliendo a la luz pública desde hace más de dos años.

Los pormenores de investigaciones y peticiones de quiebra hechas para grandes compañías públicas (no sólo de Estados Unidos sino de Europa y Asia) han revelado indicios de alteraciones en las cifras financieras reportadas o desvío intencional o malversación de fondos en sumas exorbitantes, los cuales nos hacen pensar que muchas compañías han fallado en establecer mecanismos de control interno rigurosos.

Muchos consideran que ello se debe a la alta discrecionalidad que hasta hace poco imperaba en las compañías públicas al manejar ciertas actividades del registro contable y la propia emisión de informes financieros, incluyendo aquellas relacionadas con el cálculo de provisiones, acumulaciones y reservas determinadas conforme las normas de contabilidad aplicables, con la redacción de una serie de revelaciones a ser incorporadas a los informes, y con la emisión de informes financieros que suelen someterse a una serie de ajustes, reclasificaciones, y asientos de consolidación y/o combinación de estados financieros de compañías afiliadas.

Esa discrecionalidad otorgaba flexibilidad a la administración para que expresara su situación financiera, sus flujos de efectivo y los resultados de sus operaciones. Lamentablemente, el abuso en las decisiones, algunas veces propiciado por las presiones del mercado de valores, por incentivos de compensación o por el simple abuso de autoridad y la codicia desmedida han demostrado que tal discrecionalidad debe ser limitada y vigilada mediante el fortalecimiento de las prácticas de control interno sobre la emisión de información financiera.

Un efectivo control interno sobre la información financiera es esencial para que una compañía administre sus actividades efectivamente y para que cumpla con sus obligaciones de información con sus diversos usuarios, sean éstos accionistas, acreedores, proveedores, clientes, reguladores u otros, quienes deben ser capaces de confiar en la información financiera que periódicamente se les reporta para ejercer la toma de decisiones. Recordemos que la responsabilidad sobre el ejercicio de sanas prácticas de control interno reside ineludiblemente en la administración superior de cada compañía.

Vemos entonces que los reguladores internacionales han puesto énfasis en la calidad del control interno sobre la información financiera. Sin embargo, esas regulaciones se aplican únicamente a una porción pequeña de la comunidad empresarial. Cabe entonces reflexionar que estas sanas medidas de administración financiera y de gobierno corporativo debieran ser acogidas —no necesariamente por imposición sino más bien por convicción— por las empresas de todo género.

Se reconoce que ciertos sectores con alta responsabilidad ante el público, incluyendo el sistema bancario nacional y las entidades inscritas ante la Comisión Nacional de Valores han avanzado ya hacia el fortalecimiento de su gobierno corporativo y sus prácticas de control interno, aunque en algunos casos el enfoque hacia el control interno sobre la información financiera aún no se ha delimitado específicamente.

A continuación, resumimos algunas definiciones básicas relacionadas con el concepto de control interno sobre la información financiera, así como las acciones clave requeridas para fortalecer esta área:

Específicamente, el control interno sobre la información financiera se define como un proceso diseñado por, o bajo la supervisión del ejecutivo principal y los funcionarios financieros principales y ejecutado por la junta directiva, la administración y otro personal de la compañía para proveer seguridad razonable con respecto a la información financiera y la preparación de estados financieros para propósitos externos de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados e incluye aquellas políticas y procedimientos que se relacionan con el mantenimiento de los registros. Asimismo, el control interno da la seguridad de que las transacciones se registran para permitir la preparación de estados financieros de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados, y que los ingresos y egresos de la compañía se efectúan solamente con autorizaciones de la administración y de los directores de la compañía.

Además, el control interno da seguridad en relación con la prevención o detección oportuna de la adquisición, uso o disposición no autorizada de activos de la compañía que pudieran tener un efecto de importancia en los estados financieros.

El establecimiento de mejores prácticas de control interno sobre información financiera requiere de una serie de acciones, que van desde la identificación de áreas de riesgo del negocio y transacciones; la revisión de la documentación de los procesos y controles operativos hasta el establecimientos de control interno sobre transacciones no recurrentes (tales transacciones suelen relacionarse con el cálculo, registro y administración de provisiones y acumulaciones, etc). Asimismo, se requiere establecer procedimientos documentados de control interno para la compilación, presentación, ajuste, consolidación y emisión de estados financieros, y sus revelaciones conexas, para uso externo y evaluar periódicamente el diseño y la efectividad de los controles internos sobre información financiera.

El autor es socio regional de KPMG, residente en Panamá (Las opiniones expresadas en este artículo no corresponden a la posición de KPMG

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