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Necesidad de control
Los reguladores internacionales han puesto énfasis
en la calidad del control interno sobre la información financiera
Luis Venegas
Especial para Martes Financiero
El año 2004 será trascendental para el mercado de valores
internacional. A finales del primer semestre de este año, se activará,
por primera vez, para las grandes compañías inscritas ante la Comisión
de Valores e Intercambios de Estados Unidos (SEC, por sus siglas
en inglés) la obligación de reportar sobre la efectividad de sus
sistemas de control interno sobre la información financiera. El
resto de las compañías inscritas tendrán que hacerlo a partir del
2005. Para las no inscritas obviamente no hay requerimiento alguno
específico.
Tal obligación está enmarcada en la sección 404 de la Ley Sarbanes-Oxley,
aprobada por el Congreso de Estados Unidos el 30 de julio de 2002,
la cual también requiere que los auditores independientes validen
los criterios relativos al control interno sobre la información
financiera expresados por las compañías públicas que sean sus clientes
y emitan dictámenes al respecto.
Estos requisitos forman parte de una serie de medidas adoptadas
por los reguladores para fortalecer la transparencia de la información
financiera de las compañías públicas y rescatar la confianza en
el alicaído mercado de valores, después de la sucesión de colapsos
y escándalos financieros que han estado saliendo a la luz pública
desde hace más de dos años.
Los pormenores de investigaciones y peticiones de quiebra hechas
para grandes compañías públicas (no sólo de Estados Unidos sino
de Europa y Asia) han revelado indicios de alteraciones en las cifras
financieras reportadas o desvío intencional o malversación de fondos
en sumas exorbitantes, los cuales nos hacen pensar que muchas compañías
han fallado en establecer mecanismos de control interno rigurosos.
Muchos consideran que ello se debe a la alta discrecionalidad
que hasta hace poco imperaba en las compañías públicas al manejar
ciertas actividades del registro contable y la propia emisión de
informes financieros, incluyendo aquellas relacionadas con el cálculo
de provisiones, acumulaciones y reservas determinadas conforme las
normas de contabilidad aplicables, con la redacción de una serie
de revelaciones a ser incorporadas a los informes, y con la emisión
de informes financieros que suelen someterse a una serie de ajustes,
reclasificaciones, y asientos de consolidación y/o combinación de
estados financieros de compañías afiliadas.
Esa discrecionalidad otorgaba flexibilidad a la administración
para que expresara su situación financiera, sus flujos de efectivo
y los resultados de sus operaciones. Lamentablemente, el abuso en
las decisiones, algunas veces propiciado por las presiones del mercado
de valores, por incentivos de compensación o por el simple abuso
de autoridad y la codicia desmedida han demostrado que tal discrecionalidad
debe ser limitada y vigilada mediante el fortalecimiento de las
prácticas de control interno sobre la emisión de información financiera.
Un efectivo control interno sobre la información financiera es
esencial para que una compañía administre sus actividades efectivamente
y para que cumpla con sus obligaciones de información con sus diversos
usuarios, sean éstos accionistas, acreedores, proveedores, clientes,
reguladores u otros, quienes deben ser capaces de confiar en la
información financiera que periódicamente se les reporta para ejercer
la toma de decisiones. Recordemos que la responsabilidad sobre el
ejercicio de sanas prácticas de control interno reside ineludiblemente
en la administración superior de cada compañía.
Vemos entonces que los reguladores internacionales han puesto
énfasis en la calidad del control interno sobre la información financiera.
Sin embargo, esas regulaciones se aplican únicamente a una porción
pequeña de la comunidad empresarial. Cabe entonces reflexionar que
estas sanas medidas de administración financiera y de gobierno corporativo
debieran ser acogidas —no necesariamente por imposición sino más
bien por convicción— por las empresas de todo género.
Se reconoce que ciertos sectores con alta responsabilidad ante
el público, incluyendo el sistema bancario nacional y las entidades
inscritas ante la Comisión Nacional de Valores han avanzado ya hacia
el fortalecimiento de su gobierno corporativo y sus prácticas de
control interno, aunque en algunos casos el enfoque hacia el control
interno sobre la información financiera aún no se ha delimitado
específicamente.
A continuación, resumimos algunas definiciones básicas relacionadas
con el concepto de control interno sobre la información financiera,
así como las acciones clave requeridas para fortalecer esta área:
Específicamente, el control interno sobre la información financiera
se define como un proceso diseñado por, o bajo la supervisión del
ejecutivo principal y los funcionarios financieros principales y
ejecutado por la junta directiva, la administración y otro personal
de la compañía para proveer seguridad razonable con respecto a la
información financiera y la preparación de estados financieros para
propósitos externos de conformidad con principios de contabilidad
generalmente aceptados e incluye aquellas políticas y procedimientos
que se relacionan con el mantenimiento de los registros. Asimismo,
el control interno da la seguridad de que las transacciones se registran
para permitir la preparación de estados financieros de conformidad
con principios de contabilidad generalmente aceptados, y que los
ingresos y egresos de la compañía se efectúan solamente con autorizaciones
de la administración y de los directores de la compañía.
Además, el control interno da seguridad en relación con la prevención
o detección oportuna de la adquisición, uso o disposición no autorizada
de activos de la compañía que pudieran tener un efecto de importancia
en los estados financieros.
El establecimiento de mejores prácticas de control interno sobre
información financiera requiere de una serie de acciones, que van
desde la identificación de áreas de riesgo del negocio y transacciones;
la revisión de la documentación de los procesos y controles operativos
hasta el establecimientos de control interno sobre transacciones
no recurrentes (tales transacciones suelen relacionarse con el cálculo,
registro y administración de provisiones y acumulaciones, etc).
Asimismo, se requiere establecer procedimientos documentados de
control interno para la compilación, presentación, ajuste, consolidación
y emisión de estados financieros, y sus revelaciones conexas, para
uso externo y evaluar periódicamente el diseño y la efectividad
de los controles internos sobre información financiera.
El autor es socio regional de KPMG, residente en Panamá
(Las opiniones expresadas en este artículo no corresponden a la
posición de KPMG
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